Familias

+ Información y trámites de interés

Nuestro compromiso es poder atender las necesidades de las familias afectadas por un Daño Cerebral Adquirido. Son muchos los procedimientos administrativos que hay que llevar a cabo para poder concertar ayudas que sean satisfactorias con respecto a sus necesidades. Por ello, nuestras trabajadoras sociales facilitan la labor de búsqueda de información y asesoran a cualquier persona interesada.

Ayudas a la discapacidad en Andalucía

Servicios Sociales

Certificado de Discapacidad

El certificado de discapacidad acredita la condición legal de persona con discapacidad y se certifica a través de una valoración de la administración autonómica. Importante: la discapacidad se reconoce a partir de un grado del 33%. Para solicitar este certificado, los interesados deben acudir al Centro Base Correspondiente.

¿Qué beneficios podemos obtener?

El certificado de discapacidad nos  otorga ciertos derechos, que varían en función del porcentaje del  certificado.

  •  Acceso a formación y recursos residenciales.
  • Derecho a solicitar viviendas de protección pública especiales para personas con discapacidad.
  • Derecho a solicitar ayudas para adaptar nuestra vivienda.
  • Descuentos en transporte.
  • Desgravaciones fiscales en la declaración de la renta.
  • Programas y servicios especiales de salud.
  • Ayudas para formación y empleo.
  • Reducciones de impuestos.
  • Acceso a pensión no contributiva.
  • Tarjeta especial de aparcamiento (sólo para personas con movilidad reducida).
  • Cabe destacar que el certificado de discapacidad no tiene relación con otros procesos; como el de incapacitación laboral o los procesos de valoración de dependencia.
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+ Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia

Esta ley tiene por objetivo la creación y regulación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).Engloba los recursos públicos y privados disponibles para la atención y cuidado de las personas en situación de dependencia.

¿Quién puede beneficiarse de las ayudas contempladas en la Ley?
Para poder ser considerado beneficiario de los derechos que otorgará esta ley, será necesario:

  • Tener la nacionalidad española.
  • Residir en territorio español y haberlo hecho durante 5 años, de los cuales 2 deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
  • Ser declarado “dependiente” por el órgano evaluador de la Comunidad Autónoma correspondiente.

¿Cuándo se considerará que una persona es dependiente?
Una persona es considerada como dependiente funcional cuando necesita la ayuda de otra persona para poder realizar sus actividades de la vida diaria.
Cuando el órgano evaluador determina el nivel de dependencia de una persona, se emite una resolución con este dato; y se procede a elaborar el Programa Individual de Atención (PIA).

¿De qué servicios se podrá beneficiar la persona declarada dependiente?
Entre los servicios que contempla la ley se incluyen:

  • Servicios de prevención de las situaciones de dependencia.
  • Servicio de teleasistencia.
  • Servicio de ayuda a domicilio, en el que se incluye: atención de las necesidades del hogar y/o cuidados personales.
  • Residencias
  • Servicio de Centro de Día y de Noche

¿De qué prestaciones económicas se pueden beneficiar las personas dependientes?
Tres son las prestaciones económicas que crea la Ley:

  • La prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales. Se dará si establece el PIA y se dan las condiciones adecuadas para ello.
  • La prestación económica vinculada al servicio, que se otorgará únicamente cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado de atención y cuidado.
  • La prestación económica de asistencia personal, cuyo objetivo es contribuir a la contratación de una asistencia personal, durante un número de horas, que facilite al beneficiario el acceso a la educación y al trabajo, así como una vida más autónoma en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria.

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